Rodrigo Morabito analiza el fallo de la jueza Laura De Marinis, que declaró inconstitucional el artículo 1 del Régimen Penal Juvenil para el caso de un menor que participó de un intento de robo en Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y opina de la repercusión que tuvo en un sector de la política.

Laura De Marinis, titular del Juzgado en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas Nº 3, está en el ojo de la tormenta luego de declarar inconstitucional el Artículo 1 del nuevo Régimen Penal Juvenil (sancionado en marzo de este año, y cuya aplicación comenzó a correr a principios de septiembre) para el caso de un menor que participó de un intento de robo en Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En su fallo, De Marinis consideró que, por las características del hecho investigado y las circunstancias personales del adolescente, someterlo al sistema penal resultaba una respuesta regresiva y desproporcionada. La medida le valió numerosas críticas de las que se destaca un twitt del alcalde Jorge Macri donde amenaza: “Estos jueces garantistas defensores de delincuentes tienen que quedar en evidencia. Esta sentencia está manchada de sangre. Vamos a pedir inmediatamente juicio político”.
Rodrigo Morabito, juez de Cámara de Responsabilidad Penal Juvenil de Catamarca y miembro de la Mesa Nacional de Asociación Pensamiento Penal, sostiene que la jueza hizo un análisis exhaustivo del caso y consideró que el sistema penal vigente es inconstitucional: "Quizás podría haber dicho que también es inconvencional, porque de hecho ha citado tratados internacionales. El control de constitucionalidad y de convencionalidad es obligación de los jueces dentro de la República Argentina, porque somos parte del sistema Interamericano de Derechos Humanos".
"Parece ser que los legisladores se olvidan de las mismas normas que dictan", introduce Morabito, y agrega: "El actual artículo dice que los jueces tienen que observar, no solo la Constitución Nacional, sino los principios, derechos y garantías que están en los tratados internacionales y que toda medida o sanción que tomen tiene que ser analizada de un modo restrictivo. Inmediatamente después, en el artículo 5, inciso B, dice que toda medida que restrinja o afecte derechos tiene que ser analizada desde cuatro puntos de vista. Tiene que ser indispensable, proporcional, idónea y lo menos lesiva posible".
Morabito insiste que esto no lo dice la jueza, lo dice la ley. "Si quieren que la jueza aplique la ley, la jueza está aplicando la ley. No es indispensable en este caso, no es proporcional, no es idónea una medida penal para este caso y sí se aplica una medida penal va a ser lesiva. Por ende, es lo menos lesivo posible que en este caso particular se declare la inconstitucionalidad y sobresea al adolescente por tentativa activa de robo", explica el entrevistado.
Distintas miradas para una misma ley
Sobre los dichos de Jorge Macri en la red social X, Morabito dice que le parece "una locura" la conducta del alcalde de CABA: "No es propio de un estado de derecho, de un sistema republicano de gobierno. La independencia de los jueces es fundamental, pero no lo digo por una defensa corporativa a los jueces. La garantía constitucional de independencia judicial es una garantía para la ciudadanía".
A continuación explica cuáles son las circunstancias que pueden habilitar el juicio político: "Mal desempeño, que los jueces cometan un delito, un desconocimiento inexcusable del derecho, pero por el contenido de sus sentencias ningún juez puede ser desplazado, salvo que en el contenido de la sentencia haya un prevaricato, que es un delito, o esté beneficiando ostensiblemente a una de las partes y siendo malicioso con otra".
Por último, Morabito concluye con una reflexión en torno a la competencia de los sectores en puja en torno a la aplicación de este nuevo Régimen Penal Juvenil: "La lógica de la política no es la misma que la lógica jurídica. Escucho cada cosa de los políticos, como si ellos no fueran responsables de las leyes, como si no tuvieran a su cargo la obligación de respetar el control de convencionalidad. Es fácil emitir leyes y después echarle la culpa a los jueces cuando las interpreten y no las aplican como ellos quieren".
En la tarde del viernes 25 de septiembre, el portal de noticias de La Nación informó que "la Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas porteña revocó el fallo de la jueza Laura De Marinis que había declarado la inconstitucionalidad de un artículo de la ley que bajó la punibilidad a los 14 años".
