Inicio Violencia Institucional “Hay que juzgar la actuación represiva del Estado sobre la persona, sin importar el origen de su detención”

“Hay que juzgar la actuación represiva del Estado sobre la persona, sin importar el origen de su detención”

En mayo de 1978, una requisa llevada a cabo por el personal del Servicio Penitenciario en la cárcel de Devoto terminó con un saldo de 65 presos fallecidos. Los responsables de la masacre del Pabellón Séptimo irán a juicio.

Durante años se presentó al hecho como "el motín de los colchones", un eufemismo para encubrir la brutalidad con que procedieron los funcionarios de la institución. Ahora, tras un largo y extenuante recorrido se juzgará al ex prefecto Juan Carlos Ruiz, Jefe de la Unidad Penitenciaria al momento de los hechos; el ex alcaide mayor Horacio Martín Galíndez, Jefe de la División Seguridad Interna de la Unidad; el ex alcaide Carlos Aníbal Sauvage, a cargo de la requisa y el ex ayudante Gregorio Bernado Zerda, uno de los celadores del pabellón, los responsables de este crímen.

Claudia Cesaroni, abogada y autora del libro Masacre en el Pabellón Séptimo, se enlazó vía telefónica con el aire de #FuturaEnCasa donde compartió su experiencia como parte del equipo jurídico que, junto a sobrevivientes y familiares, consiguió que los hechos se reconocieran como un delito de lesa humanidad y se llevara a los cuatro acusados ante la justicia: “El momento más emocionante para todos nosotros fue en agosto de 2014 cuando la Sala 1° de la Cámara Federal nos dio la razón en cuanto a nuestra posición de que era un delito de lesa humanidad y por lo tanto debía investigarlo la justicia federal, ese fue el momento bisagra porque después la orden que se la da al juzgado de instrucción de Rafecas es que lo investigue, después todo anduvo dentro de los parámetros de una causa de estas características”.

El recorrido jurídico que une los hechos del 14 de mayo de 1978 con el procesamiento de Ruiz, Galíndez, Sauvage y Zerda tuvo su punto de partida en el momento que Cesaroni conoció a Hugo Cardozo, uno de los sobrevivientes de la masacre: “Lo primero que hicimos fue desarchivar la causa, que estaba archivada por una resolución del juez Jorge Valerga Aráoz, que paradójicamente después fue integrante de la Cámara del Juicio a las juntas, una resolución vergonzosa que plasmaba la teoría de los dos demonios basándose en el testimonio de los presos y penitenciarios, y eso es muy importante porque demuestra que en esa causa ya había declaraciones de los presos, ya había un relato de la masacre pero ese relato no fue escuchado, ni en plena dictadura ni en los años posteriores, porque esa causa se reabrió una o dos veces y volvió a archivarse con los mismos argumentos”.

Según lo explica la letrada, sacaron esta causa de la justicia ordinaria y la presentaron ante el Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 3 a cargo de Daniel Rafecas, que es donde se concentra toda la investigación sobre el aparato represivo del Estado en el ámbito del Primer Cuerpo del Ejército, y de donde dependía el Sistema Penitenciario Federal y la cárcel de Devoto: “La mayor riqueza de todo es construir argumento jurídico para sostener que fue una masacre, una descarga brutal de represión sobre un pabellón entero de presos comunes no podía no entenderse como delito de lesa humanidad justamente porque eran presos comunes, el nudo del argumento era ese, a mi no me importa por qué está detenido el tipo, si es por robar un auto o por ser parte de un centro de estudiantes, hay que juzgar la actuación represiva del Estado sobre esa persona, no importa el origen de su detención”.

La primera respuesta que nos dieron fue una respuesta a medias, la respuesta fue que esto no era un delito de lesa humanidad porque no eran presos políticos y no estaba dentro de los objetivos de la dictadura perseguir presos comunes, pero si era una grave violación de derechos humanos que no se investigó como corresponde y había un derecho de las victimas a que eso se investigue”, se explayó Cesaroni sobre la instancia en que la justicia federal dispuso que la causa debía volver a instrucción y el equipo jurídico reconsideró sus objetivos.

Habían conseguido que se declare como un hecho imprescriptible y que se lo investigue, frente a la nada del comienzo parecía una mejor posición. Sin embargo, la abogada sintió que debían apelar la resolución: “Había que seguir, había que ir por todo, porque se declare delito de lesa humanidad y que lo investigue la justicia federal porque sino estábamos aceptando que había presos de segunda categoría, que sus cuerpos dolían menos”.

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