Inicio Salud Condenaron al Municipio de La Plata por no brindar información sobre la aplicación de la Ley de Aborto

Condenaron al Municipio de La Plata por no brindar información sobre la aplicación de la Ley de Aborto

Organizaciones sociales nacionales e internacionales exigen saber cuáles son las medidas tomadas por la gestión para que la legislación sea garantizada en la ciudad.

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso de La Plata condenó al Municipio por no brindar información sobre la aplicación local de Ley de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo. "Esto responde a un pedido de información pública que iniciamos en el año 2021 desde la Red de Profesionales por la Salud, el CELS, Amnistía Internacional, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género y otras organizaciones. Se elevó un pedido de información pública, que es un derecho que tenemos todos los ciudadanos y al que los Estados deben responder. En este caso, el Municipio debía responder cómo estaba implementando la Ley de IVE. Primero cuestionaron la legitimidad de estas organizaciones, fueron juzgados en primera instancia, la Municipalidad apeló y ahora la Cámara de Apelaciones confirma que el Municipio no responde a cómo está aplicando la ley en la ciudad", explica Mercedes Contreras, coordinadora de Asesoría IVE Hospital San Martín.

Fueron 15 en total las preguntas realizadas al Estado municipal, de las cuales nueve no fueron respondidas y las restantes seis lo fueron de modo incompleto. "Les faltó responder qué medidas de gestión hicieron para garantizar la aplicación de la ley. También se preguntó sobre los efectores de salud, en cuáles había asesoría o consejería o espacios de atención de IVE o ILE. Tampoco se dijo cuántas prácticas se aplicaron, que es representativo para saber si hay una implementación de la ley", detalla y resalta que esta condena significa un antecedente para otros municipios.

"Para acceder a este derecho (de interrupción voluntaria de embarazo) las personas tienen que atravesar un montón de obstáculos y esto no es una real aplicación de la ley", afirma en diálogo con Falsa Modestia.

Sancionada en diciembre de 2020, la Ley 27.610 garantiza la interrupción del embarazo en el sistema de salud como derecho si una persona con capacidad de gestar así lo elige, y regula la interrupción del embarazo en el sistema de salud como derecho si una persona con capacidad de gestar así lo elige, y regula la interrupción bajo un modelo mixto de plazo y causales. Es de aplicación obligatoria en todo el país y de cumplimiento obligatorio por el sistema público de salud, obras sociales y prepagas que deben garantizarlo en forma gratuita.

Escuchá/Descargá la entrevista completa


Artículo anteriorCon entrada gratuita y gran elenco, continúa en cartel "Amalia y la vida de las cosas"
Artículo siguienteHablar al cuerpo para que vibre su energía