Claudia Córdova, travesti peruana, fue condenada a 5 años y 3 meses de prisión por venta de drogas. La pena fue mayor porque el juez consideró un agravante que sea extranjera. El hecho, producido en 2014, se enmarca en una serie de razias realizadas por la policía en la zona roja. Presenta un preocupante antecedente para más de 30 travestis que aguardan su juicio tras ser detenidas en las mismas condiciones.
Córdova fue detenida en abril de 2014 con 1.5 gramos de cocaína, y condenada el 10 de mayo a 5 años y 3 meses de prisión. Desde el hecho, pasó un año en cárcel y, hasta el martes, contó con arresto domiciliario. El día de la lectura del veredicto, cinco agentes del servicio penitenciario ingresaron a la sala antes del comienzo de la audiencia en una acción que anticipaba el final de la audiencia: cuando concluyó la lectura de los fundamentos, Claudia fue llevada esposada nuevamente a la cárcel.
Tal como denuncia la Asociación OTRANS, el Tribunal Oral en lo Criminal N° I de La Plata a cargo del juez Juan José Ruiz, alude a Claudia en sentido masculino, como “sujeto travestido”, al nombre con el cual se identifica por su género, le ponen el apelativo “alias Claudia”, siendo este accionar totalmente discriminatorio.
Su abogada defensora, Josefina Rodrigo, afirmó que el fallo “se va más en argumentar por qué no es racista y xenófobo, que en acreditar el delito”. En este sentido, remarcó que el fallo, se basó en los requerimientos del Fiscal Martín Chiorazzi. El juez argumenta en la sentencia que los extranjeros no son iguales a los argentinos, ya que los últimos cuentan con obligaciones que los inmigrantes no: “mientras nuestros nietos, padres, hijos, hermanos y amigos, morían en el conflicto de Malvinas en defensa de la Patria; los extranjeros que gozaban de todos los derechos (aunque no de todas las obligaciones como se ve) veían desde la comodidad de su hogar el conflicto, sin temor a ser convocados”.
El juez advierte en el fallo el carácter discriminatorio de sus palabras, y por eso sostiene que “las conclusiones a las que arribo aterran a más de uno y hablan de xenofobia. Nada más lejos de la verdad. ¿Quién de entre nosotros los argentinos, incluso el suscripto, no tiene un abuelo o una abuela español, un nono o una nona, un grandfather o grandmother, corriendo por la sangre de sus venas?”.
Sin embargo, tanto para la abogada de Córdova, como para organizaciones feministas, sociales y de géneros, la condena es claramente xenófoba ya que Córodva recibió una pena distinta a la que recibiría otra persona, por el sólo hecho de ser extranjera.
Otro punto de debate configura la carátula por la cual fue condenada. El juez consideró que se pudo probar que se encontraba en posesión de estupefacientes para comercialización. Sin embargó, la abogada afirmó que era muy escasa la cantidad de cocaína (1,6 gm – 8 dosis), y que no se pudo probar que haya habido venta de droga. Por este motivo, el pedido fue la absolución por tratarse de tenencia para consumo personal. La abogada explicó que se presentará una apelación y también un habeas corpus para que cuente con arresto domiciliario hasta que la condena quede firme.
En el desarrollo del juicio, declararon tres policías que participaron del procedimiento, el testigo de actuaciones y dos testigos de concepto. De esta manera, remarcó Rodrigo que la condena se basó en la versión policial.
La causa realizada contra Córdova se originó dos años atrás en un contexto de importantes acciones policiales en la zona roja. Fue en 2014 cuando se realizaron diversas razias, y de allí se desarrolló una causa contra 35 travestis. que comienzan a llegar a juicio.